Abogado Especialista en la Userra en Florida Georgia
La USERRA, conocida formalmente como la Ley de Derechos de Empleo y Reempleo de los Servicios Uniformados, es una ley federal que protege los derechos laborales de los miembros actuales y anteriores de las fuerzas armadas de los EE. UU. y otros servicios. Los requisitos de esta ley están diseñados para reducir las dificultades que a menudo enfrentan los miembros del servicio cuando se toman un tiempo fuera del trabajo para servir a su país.
La ley establece las responsabilidades básicas de los empleadores y les prohíbe discriminar al personal militar actual o anterior. Cuando los empleadores violan los derechos de la USERRA de los trabajadores, esos trabajadores pueden ser elegibles para recibir compensación y otras formas de reparación.
USERRA Protecciones para Empleados
Muchas de las disposiciones de la USERRA protegen a los empleados que dejan trabajos civiles para trabajar en el servicio uniformado. La ley establece el derecho a ser reempleado por un empleador civil si el empleado proporciona la notificación adecuada al empleador y cumple con otros requisitos. Cuando los empleados son reincorporados después del servicio, se supone que deben ser colocados en el mismo tipo de trabajo con los mismos beneficios que habrían recibido si no hubieran estado fuera de servicio. Los empleados que se van para el servicio militar también tienen derecho a continuar con la cobertura médica de su empleador hasta dos años o a que se les restablezca la cobertura cuando regresen al trabajo.
Las disposiciones sobre discriminación de la USERRA se aplican no solo a los empleados que regresan a los trabajos que dejaron, sino también a los miembros del servicio militar actuales o anteriores que buscan un nuevo empleo. No se permite que los empleadores discriminen entre las decisiones que involucren la contratación, retención, promoción u otorgamiento de beneficios a cualquiera en función del servicio militar pasado, presente o futuro. Además, los empleadores no deben tomar ninguna acción que pueda considerarse represalia cuando los trabajadores ejercen sus derechos bajo la USERRA y no pueden despedir a los empleados reincorporados sin causa por un cierto período de tiempo.
¿Quién está protegido por la USERRA?
Las disposiciones de la USERRA proporcionan derechos laborales específicos a los miembros actuales y anteriores de los “servicios uniformados”. Bajo 38 USC Sec.4303 (16), esta expresión incluye a aquellos que sirven en:
- El Ejército
- La Armada
- Fuerza Aerea
- Cuerpos de Marina
- Fuerza espacial
- Guardacostas
- Guardia Nacional del Ejército o Guardia Nacional Aérea
- Cuerpo comisionado del Servicio de Salud Pública
- Cuerpo de oficiales comisionados de la Administración Nacional Oceánica y Atmosférica
- Otras aptitudes especificadas en époga de guerra o emergencia nacional
- Las protecciones de la USERRA se aplican independientemente de si las personas sirven voluntariamente o si son reclutadas para el servicio.
Reparaciones Disponibles Bajo la USERRA
Cuando los trabajadores de los servicios uniformados creen que se han violado sus derechos según la USERRA, la ley les da dos opciones para buscar una reparación. Pueden presentar una demanda contra el empleador o presentar una queja ante el Servicio de Capacitación y Empleo para Veteranos del Departamento de Trabajo de EE. UU., conocido como VETS.
Cuando se descubre que un trabajador ha sufrido una discriminación ilegal u otras violaciones, podría recibir una indemnización para compensar las pérdidas, como los pagos atrasados. También pueden recibir reparación específica que incluye:
- Reincorporación en un puesto de trabajo
- Correcciones realizadas a expedientes del personal
- Antigüedad retroactiva
- Tiempo de vacaciones restituído
- Promoción
- Beneficios
- Ajustes de pensiones
Si un abogado experto en la USERRA puede probar en la corte que la violación de un empleador fue “intencional”, el miembro del servicio puede tener derecho a recibir el doble de la cantidad como daños y perjuicios liquidados.
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